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Rusia fuera de la OMT

Rusia fuera de la OMT

El conflicto desatado a nivel mundial tiene sus consecuencias también en el turismo para el país ruso

La inflluencia dle conflicto bélico entre Rusia y Ucrania llegó también al terreno del turismo. La Federación Rusa ha sido suspendida de la Organización Mundial del Turismo (OMT) perdiendo, con efecto inmediato, sus derechos y privilegios como parte de la agencia especializada de las Naciones Unidas.

La Asamblea votó a favor de la suspensión superando ampliamente la mayoría de dos tercios requerida. Esta decisión tiene un efecto inmediato, mientras que la retirada voluntaria de la Organización manifestada por Rusia se materializará sólo un año después de que hayan presentado la comunicación oficial por los canales estipulados.

''El turismo es un pilar de la paz y compañerismo internacional'',señaron desde el ente máximo de la actividad como una muestra total de respaldo a la decisión tomada.

La decisión es de efecto inmediato. Al tener este carácter, la Federación rusa no podrá ejercer los derechos ni disfrutar de los privilegios de la pertenencia a la OMT. Esto significa que no podrá recibir servicios de la Organización, incluida la asistencia técnica, ni podrá participar en ninguna de las reuniones o eventos de la OMT, presentar candidatos a los órganos estatutarios, votar en las elecciones de sus órganos o proponer un candidato a Secretario General.

La primera reunión de emergencia de la Asamblea General se convocó a petición de seis Miembros y por instrucción del Consejo Ejecutivo de la OMT. A continuación, la Secretaría de la Organización presentó un informe a la Asamblea General para que los Estados Miembros tomaran una decisión informada respecto a la suspensión de la Federación Rusa como miembro, según establecen sus Estatutos.

Dichos Estatutos también establecen que cualquier País Miembro puede ser suspendido si dos tercios del resto de los Estados afiliados considera que persiste en una política contraria al objetivo fundamental de la Organización. Para que se apruebe una moción de suspensión de la membresía se requiere una mayoría de dos tercios de los Miembros Efectivos presentes y votantes en Asamblea General. La suspensión es temporal y puede ser revertida por el mismo órgano siguiendo un procedimiento equivalente al aplicado.

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